De la Ley de Seguridad Pública luego de haber pasado por los filtros de “los Cormoranes”
Por: Enrique Castillo González
Conversando en pasos perdidos con el Dr. Arturo Lima G. él, siempre grandilocuente, nos habló de la transformación del marco jurídico de la SEGURIDAD PÚBLICA en México.
En esa charla, alrededor de una mesa dentro del parque “los Cormoranes” el abogado, experto en esa materia, obsequió a los ahí presentes una serie de análisis estructurales así como de las implicaciones y desafíos presentes ya en el complejo ejercicio ese de la Seguridad Pública. El experto Acapulqueño comenzó diciendo.
-La publicación simultánea de 11 Decretos el 16 de julio de 2025 constituye uno de los procesos de reestructuración jurídica más amplios de las últimas décadas; esos vaya si son ricos en contenido, ellos en su conjunto son per sé, una gran revolución teórica- y dice más.
-Las reformas abarcan materias tan diversas como seguridad pública, desaparición forzada, telecomunicaciones, operaciones financieras, identidad civil y simplificación administrativa.
En conjunto- sigue diciendo -delinean un nuevo paradigma estatal caracterizado por una centralización significativa de funciones y un aumento sustancial de las capacidades tecnológicas del Gobierno Federal-. Ya con la atención puesta en él Lima ordena sus ideas y “empieza por el principio” entonces, nos habla primero de LOS ÁMBITOS JURÍDICOS TRANSFORMADOS y dice.
-Las reformas inciden principalmente en los siguientes campos:
➢ Seguridad pública y Guardia Nacional
➢ Desaparición forzada y búsqueda de personas
➢ Telecomunicaciones y radiodifusión
➢ Derecho penal y prevención de operaciones ilícitas
➢ Identidad civil y registro poblacional
➢ Operaciones financieras
➢ Procedimientos administrativos y gobernanza digital- explicado eso comienza a hablar de la “descripción de las reformas publicadas”. y agrega.
-La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, ahí la reforma rediseña integralmente el Sistema Nacional de Seguridad Pública, redefiniendo obligaciones para la Federación, Estados y Municipios. Entre las medidas más relevantes destaca la facultad de suspender fondos federales en caso de incumplimiento de acuerdos de coordinación, lo cual configura un nuevo mecanismo de disciplina financiera y administrativa; se refuerzan entonces los principios de actuación y desempeño, agregando las Directrices.Contemporáneas (perspectiva de género, el amor a la Patria, el Federalismo Cooperativo, la protección de la dignidad de las personas, el respeto a los derechos humanos desde un enfoque diferenciado e incluyente)- y ya comentado eso ahora Lima Gómez nos habla del “Mando Único y Mando Coordinado” y de esos nos explica la “Certificación de los Centros de comando y Control, así como la Certificación Institucional de las Instituciones policiales, bajo estándares mínimos para la operación”.
El Doctor Lima explica la regulación de las mesas de Paz en los Estados y Municipios; la Creación del Gabinete Federal y la intercolaboración del Poder Judicial en los Sistemas Estatales de Seguridad Pública-. Ahora.
Cuando el Dr. Lima Gómez nos lleva al siguiente tema, creo necesario pedirles, admirados 12 lectore(a)s, el doble de su atención y ya entenderán porque.
-de la Ley de la Guardia Nacional- nos dice.
La Guardia Nacional queda plenamente adscrita a la Secretaría de la Defensa Nacional- ¿cuál o dónde está el quid? aquí -Se amplían sus facultades en materia de investigación, detenciones, control migratorio y vigilancia forense, así como su acceso a telecomunicaciones- además.
-Se modifica la cadena de mando, el esquema presupuestario y los procesos de reclutamiento y formación, incorporando doctrinas militares en su estructura operativa- ¿cómo será la coordinación con estados, municipios y fiscalías estatales? por principio esa se vuelve obligatoria- explicado eso Lima regresa a la idea original, y sigue comentando;
-Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública- y vaya tema.
-Esta nueva Ley establece un sistema centralizado de inteligencia con acceso a registros públicos y privados, incluidas transacciones financieras y datos de telecomunicaciones.
El alcance de sus atribuciones plantea desafíos significativos respecto a la protección de datos personales y la privacidad- y mire, el siguiente párrafo es continente de algo toral.
-Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión-; Lima explica.
-La reforma deroga la legislación federal previa y establece un nuevo esquema regulatorio del espectro digital y los servicios de telecomunicación. Se imponen obligaciones como la geolocalización inmediata de dispositivos móviles y la vinculación obligatoria con la CURP biométrica. Se eliminan reguladores locales y se introducen nuevas reglas de concesiones y contenido-. Un asunto más.
Reformas en Materia de Desaparición Forzada y Registro de Identidad (CURP Biométrica). Se podría escribir “acá Arturo Lima comienza a tejer fino.
-La nueva arquitectura normativa fortalece los mecanismos de búsqueda y localización de personas desaparecidas. Introduce la CURP biométrica —con fotografía, huellas dactilares, firma electrónica y escaneo de IRIS— que será obligatoria para todos los residentes a partir de febrero de 2026. Se crea la Plataforma Única de Identidad, la Base Nacional de Carpetas de Investigación (actualizable cada 24 horas) y la Alerta Nacional de Búsqueda.
Entidades públicas y privadas deberán reportar todo movimiento asociado a personas desaparecidas.
Insistimos; el Doctor Lima continuo en modo “magister” – la Reforma a la Ley Antilavado y al Código Penal Federal es de avanzada- explica.
-Se endurecen sanciones, se actualiza el artículo 400 Bis y se incorporan nuevos delitos relacionados con operaciones financieras ilícitas. Las asociaciones civiles quedan sometidas a revisiones obligatorias- acá entró a los trabajos finos,
-ASPECTOS TRANSVERSALES Y DISPOSICIONES DE IMPLEMENTACIÓN
Entre los elementos más relevantes destacan:
➢ La obligatoriedad de la CURP biométrica para cualquier trámite.
➢ Creación de la Plataforma Única de Identidad.
➢ Registro biométrico.
➢ Acceso directo del Ejército y de la Guardia Nacional a bases de datos públicas y privadas, para esquemas de Inteligencia en Seguridad.
➢ Obligación legal de empresas financieras, tecnológicas y de servicios de reportar operaciones inusuales.
➢ Nuevas reglas de detención inmediata y seguimiento digital.
➢ Posibilidad de rastrear en tiempo real a cualquier ciudadano mediante la CURP biométrica.- ¿me equivoqué al etiquetar de “fino? comencemos a cerrar ahora, desarrollemos (mejor dicho, leamos cómo Arturo hace su “ANÁLISIS CRÍTICO”
Y lo comienza así “Reconfiguración del Sistema de Seguridad Pública”
-Las reformas establecen un modelo altamente centralizado, articulado en torno a tres ejes: seguridad pública, inteligencia estatal y gobernabilidad digital.
Esta concentración de funciones tiene el potencial de incrementar la eficacia operativa del Estado, pero también amplifica el riesgo de excesos en el ejercicio del poder- otro giro al tornillo
-Impactos Operativos y Riesgos de Implementación
La apuesta por herramientas tecnológicas avanzadas —bases biométricas, geolocalización en tiempo real, interoperabilidad total— requiere capacidades institucionales significativas- ahonda.
-Sin infraestructura adecuada y protocolos estrictos de derechos humanos, la implementación podría ser desigual o incluso contraproducente- y tiende un puente para pasar al futuro de las Politicas al explicar…
-Tensiones Constitucionales y Riesgos para Derechos Fundamentales
Surgen dudas relevantes respecto a la compatibilidad de las reformas con los artículos 6º, 16º y 21º Constitucionales, especialmente en lo relativo a privacidad, inviolabilidad de comunicaciones y la naturaleza civil de la seguridad pública. Acá leamos con la misma atención.
-Debilitamiento Potencial de Contrapesos Institucionales
Al concentrar atribuciones en autoridades ejecutivas y reducir mecanismos de supervisión ciudadana o legislativa, se corre el riesgo de erosionar los contrapesos propios del Estado constitucional de derecho. La ausencia de auditorías y controles independientes podría facilitar abusos en el uso de tecnologías de vigilancia- buscando no hacer un comentario más extenso Arturo agrega.
-estas serán mis conclusiones
Estas reformas reconfiguran de manera profunda el sistema de seguridad pública, el modelo de inteligencia estatal, los esquemas de identidad digital, el régimen de telecomunicaciones y los procedimientos administrativos en México-
Lima Gómez se dió cuenta de nuestro interés y por ello nos dijo -en este hilo de tarjetas analizo los cambios normativos y sus implicaciones así como los riesgos constitucionales pero sobre todo los retos para la GOBERNANZA DEMOCRÁTICA- y agrega tal vez lo más sustantivo…verán porque lo subrayo.
-El éxito de este nuevo modelo dependerá de la capacidad del Estado (mexicano) para equilibrar seguridad y libertades, así como de la existencia de controles democráticos que limiten el potencial de abuso asociado a un sistema profundamente centralizado y tecnológicamente robusto-. Viendo la intensidad en eso de arrastrar el lápiz el Doctor Lima sella el pomo de las esencias con las palabras mágicas pues solo dice …-es cuanto-.
Sin lugar a dudas, la fuerza y el vigor generada luego de haber trabajado en la atmósfera de “los Cormoranes” da a nuestro think tank el bien ganado título de “pila de energía intelectual” y cuando está llega en “modo graphos prolonga su existencia.
Último patrullaje.- y acá agradezco a Don Carlos Ramírez, al profesor Jorge Albarran, al joven Carlos Ortiz, al señor (on) Manuel Zamudio, al gran vago, hablo de Rogelio Agustín, a JJ Belmonte y a David Mtz. por darle párrafos a esta su Patrulla de Papel… gracias de verdad.
Balazo al aire.- desde la joroba de la Cuesta de Enero.
Greguería.- si ya me conocen pa’que me publican.
Oximoron.- con el poder atómico de un suspiro.
Haiku.- eres vainilla viva
voz de gorrión
y de líneas perfectas
