Por: Leoncio Castrejón Salgado

La semana pasada en este y otros espacios señalábamos que miles de universitarios salieron nuevamente a las calles de Chilpancingo de los Bravo, para repudiar las acciones intervencionistas y violatorias a la autonomía universitaria de grupúsculos con intereses aviesos que pretenden alterar el orden legal de la vida interna de la Universidad Autónoma de Guerrero (UAGro).

Que a raíz del fallo inapelable del H. Consejo Universitario, máxima autoridad colegiada de la UAGro, que ratificó el triunfo del Dr. Javier Saldaña Almazán con el 93 % de votos, como rector de la máxima casa de estudios por el periodo 2023-2027, personajes siniestros de dentro y fuera de la universidad, han faltado el respeto y difamado al máximo órgano de gobierno de la UAGro y han manchado la voluntad de la comunidad universitaria que decidió el pasado 25 de mayo, elegir democráticamente como su rector, al Dr. Javier Saldaña Almazán.

También señalamos que quienes promueven “juicios de inconformidad” sobre el proceso electoral reciente, esconden su desconocimiento de la historia de cómo se consiguió la autonomía universitaria y persiguen ociosa y perniciosamente beneficios políticos trasnochados mediáticos de un partido político que en el pasado reciente, también promovió la desestabilización de la vida universitaria, obvio, sin conseguirlo, porque meterse con la universidad para violentar su autonomía es no tener la menor idea de sus pretensiones mezquinas y perniciosas.

Dijimos que bien harán los universitarios guerrerenses primero, promover ante el H. Consejo Universitario, la expulsión de quienes se escudan en mentiras, de quienes han denostado la vida interna y decisiones de la máxima autoridad; en la Ley orgánica se establece ese procedimiento para quienes violentan el curso y vida interna de la máxima casa de estudios en Guerrero.

Y segundo, que la Universidad denuncie penalmente a quienes han denostado, calumniado y faltado el respeto a la comunidad universitaria con sus argucias legaloides de solicitar la suspensión del proceso electoral reciente. Causales suficientes para que se proceda en consecuencia.

Con la autonomía no se juega, mucho menos se debe poner en tela de juicio la autodeterminación de la UAGro. ¡Ni por propios ni extraños!

Los quejosos, llevando sus frustraciones políticas e intereses mezquinos hasta el Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEG), señalamos a tiempo que los magistrados electorales sí conocen de jurisprudencia y que sabrían diferenciar entre rencores, frustraciones y ambiciones políticas de unos cuantos, y de procesos electorales universitarios apegados a la Ley orgánica de la máxima casa de estudios de Guerrero.

Dijimos que no se tenía la menor duda de la sentencia a favor del proceso universitario y una vez más, esos mismos personajes siniestros, saldrán derrotados por la vigilancia permanente de la comunidad universitaria que ha sabido estar a la altura de las circunstancias cuando se trata de intentar violentar su autonomía.

Y vea usted amable lector, ayer jueves en sesión ordinaria, las magistradas y el magistrado del Tribunal Electoral Estatal de Guerrero (TEEGro), determinaron declarar improcedente, y desechar de plano el Juicio Electoral Ciudadano promovido por la ciudadana Silvia Alemán Mundo y el ciudadano Jorge Luis Urióstegui Traín, en contra de la resolución emitida en el expediente UAGro/TU/INC/01/2023, por el Tribunal Universitario en la que determinó infundado e improcedente el Recurso de Inconformidad interpuesto en contra de la calificación de validez de la elección de Rector de la Universidad Autónoma de Guerrero y la declaración de Rector Electo, misma que fue ratificada por los Integrantes del Consejo Universitario de la citada Universidad, el seis de junio del año en curso.

De acuerdo al proyecto TEE/JEC/033/2023 presentado por la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz y aprobado por unanimidad de votos del Pleno del TEEGRO, resolvió que, de acuerdo a los precedentes de diversas sentencias emitidas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y la emitida por este Órgano Jurisdiccional, lo procedente era desechar de plano el juicio, toda vez que no es competencia de este Órgano Jurisdiccional conocer y resolver la materia del fondo del presente medio de impugnación, ello de conformidad con el artículo 14 fracción I de la Ley número 456 del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Guerrero.

Además de que el acto impugnado no se encuentra relacionado con una elección que esté vinculada con un conflicto de una elección de carácter electoral constitucional o un derecho político-electoral de votar y que conlleve a delegar en alguna medida el ejercicio de la soberanía popular, si no que se trata de un procedimiento de elección interna acotada al ámbito de una institución pública de prestación de servicios de educación media superior, superior y postgrado, como lo es la Universidad Autónoma de Guerrero, en virtud de ello los procedimientos jurisdiccionales que no son competencia del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero.

Mientras tanto… ¡¡ Que tenga usted, un excelente fin de semana!!

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