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Ciudad de México. Con tres votos a favor y dos en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló que el Instituto Nacional Electoral (INE) continúe con la preparación de la elección de jueces, ministros y magistrados.
Los votos en contra emanaron de los magistrados Reyes Rodríguez y Janine Otálora, quienes advirtieron que antes de tomar una determinación se debía aguardar a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pues de lo contrario el TEPJF estaría extralimitándose en sus funciones.
El pleno del Tribunal discutió el proyecto elaborado por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, para declarar constitucionalmente inviable suspender los procedimientos a cargo del INE en cuanto a estos comicios judiciales.
La respuesta fue en atención a la solicitud que el Instituto presentó el 4 de octubre para que la Sala Superior se pronunciara respecto a las diversas suspensiones que jueces han emitido y con las que ordenan detener sus tareas abocadas a este tema.
Al arranque de la discusión, Janine Otálora consideró que en este asunto debería aplazarse hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resuelva lo que le corresponde, como se ha hecho en otras ocasiones, debido a que ante este máximo tribunal se interpusieron diversos recursos legales en contra de la misma reforma.
Advirtió que de avalar el proyecto, el Tribunal estaría adelantándose a la Corte que aún está por resolver la competencia que tengan o no actores del Poder Judicial para frenar un plan en materia electoral.
El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón formuló tres bases para manifestarse en contra del proyecto, donde la primera fue la falta de requisitos que se necesitan cumplir por parte del INE para pedir al TEPJF intervenir, por lo cual vio improcedente la petición del órgano electoral.
Otro motivo fue que la Sala Superior carece de competencia para pronunciase al respecto, puesto que a pesar de que el proyecto señala que la resolución no resuelve si los jueces tienen o no facultades para otorgar amparos en materia electoral, sí hay partes en las que indica que las suspensiones judiciales no tienen validez.
Asimismo, señaló contradicciones e inconsistencias para la resolución, como parte de lo cual acusó al INE de que su propósito con esta petición no era el de tener claridad sobre si acataba o no las suspensiones, sino de impugnar la validez y los efectos de las mismas que le han ordenado no seguir adelante.
“La extralimitación competencial que implica la resolución propuesta afecta el diseño institucional del Poder Judicial de la Federación y el sistema de distribución de competencias…”, advirtió.
En respaldo del proyecto, la magistrada presidenta del Tribunal, Mónica Soto, aseguró que la solicitud del INE estuvo “plenamente justificada” porque el INE se vio envuelto en una encrucijada.
El magistrado ponente, de la Mata Pizaña, defendió su propuesta y señalo que aunque ésta no conduce a invalidar las suspensiones judiciales, es sabido que los jueces de amparo no resuelven conflictos electorales, así como el Tribunal no se dedica a atender divorcios.
“Puede no gustarnos la reforma constitucional. Podemos estar en contra del sistema, pero es la Constitución y tenemos que obedecerla”, sentenció.