Por: IRZA


Chilpancingo, Guerrero, Abril 20.- La Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) con el que había aprobado la fórmula de candidatos al Senado de Movimiento Ciudadano (MC) en Guerrero, de Mario Moreno Arcos, como propietario y Gabriela Bernal Reséndiz, como suplente, por estar en duda la acción afirmativa de que sean afromexicanos con la que ambos se registraron y le pide a la autoridad administrativa electoral que «despliegue un mayor cercioramiento, respecto a la autoadscripción» con la que ambos se asumieron.

A través de un comunicado se informó que «al resolver el recurso SCM-RAP-18/2024 y acumulado, se concluyó que del cúmulo de indicios allegados al expediente, se consideró la existencia de datos objetivos que justifican la necesidad de que la autoridad administrativa electoral despliegue un mayor cercioramiento, respecto de la autoadscripción que las candidaturas impugnadas dijeron ostentar en nombre de la comunidad afromexicana, la cual no les reconoce ese carácter».

Y le ordenó al INE “valore los datos precisados en la sentencia y, en su caso determine si logran derrotar la presunción que opera en favor de la autoadscripción manifestada por las candidaturas controvertidas”, es decir que la autoridad administrativa decidirá en última instancia si sostiene o no las candidaturas de Mario Moreno Arcos y Gabriela Bernal Reséndiz por su autoadscripción al grupo en situación de vulnerabilidad como es el pueblo aformexicano.

Fue la noche del jueves que sesionó esa sala del TEPJF para resolver varios asuntos, entre ellos el Recurso de Apelación número 18 que presentó el PRI y un Juicio Electoral Ciudadano número 205 que interpuso un ciudadano del municipio de Copala, región de la Costa Chica de Guerrero.

En ambos recursos se controvirtió el acuerdo del INE que había avalado la candidatura de MC de Mario Moreno Arcos y Gabriela Bernal Reséndiz, fórmula que se registró bajo la acción afirmativa a favor de personas afromexicanas.

El magistrado ponente, Luis Enrique Rivero Carrera, proponía en la sentencia que se desecharan ambos recursos jurídicos y se confirmaran esas candidaturas al Senado por MC en Guerrero, pues consideraba que la “autoadscripción simple” como afromexicanos de esa fórmula era suficiente para sostenerlas.

Sin embargo, los magistrados María Silva Rojas y José Luis Ceballos Daza, no estuvieron de acuerdo y expusieron en síntesis que los argumentos que presentó el ciudadano de Copala, quien señaló la falta de un “vínculo de esta persona (Mario Moreno Arcos) con la afromexicanidad en Guerrero”.

Luego de los alegatos los magistrados María Silva Rojas y José Luis Ceballos aprobaron por mayoría revocar ese acuerdo del Consejo General del INE donde aprobaron esas candidaturas de MC al Senado por Guerrero.

Se explicó que “para hacer efectivo el derecho colectivo de representación política del Pueblo Afromexicano y, al existir elementos objetivos adicionales que deben ser valorados a la luz de la autoadscripción simple manifestada por las candidaturas controvertidas, lo procedente era revocar el acuerdo controvertido en lo que fue materia de impugnación”.

Y que ahora “la autoridad responsable valore los datos precisados en la sentencia, y en su caso determine si logran derrotar la presunción que opera en favor de la autoadscripción manifestada por las candidaturas controvertidas; esto a fin de dotar de efectividad la postulación bajo dicha acción afirmativa, de tal forma que sean representadas por medio de personas que efectivamente pertenezcan a ese colectivo”.

El magistrado en funciones Luis Enrique Rivero Carrera emitió un voto particular, al sostener su propuesta, en la que se explicó que el acuerdo del INE está firme y es categórico al establecer que solo se requiere la autoadscripción simple.

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