Por: Boletín


Chilpancingo, Gro., Mayo 22.- El diputado Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros (Morena) propuso reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Guerrero en materia de simplificación orgánica, garantizando el acceso a la información pública y la protección de datos personales mediante un nuevo modelo institucional que sustituye al ITAIGRO, redistribuye funciones entre órganos de contraloría y preserva la eficacia y garantía de estos derechos sin duplicar funciones ni comprometer recursos públicos.


Al presentar su propuesta el diputado destacó que esta iniciativa tiene por objeto armonizar el marco constitucional local con la reforma federal, haciendo las adecuaciones en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales en posesión de sujetos obligados.


Manifestó que esta reforma plantea una reestructuración en el modelo de atención del derecho de acceso a la información, sin comprometer su protección y garantía y se mantienen procedimientos de acceso expeditos, a través de los sujetos obligados en poder de la información, asegurando que dichos procesos se rijan por los principios de máxima publicidad, disponibilidad, simplicidad, rapidez y gratuidad.


De esta manera, propone reformas a los artículos 105 numeral 1 fracción I; 108 numeral 1 y se deroga el Capítulo II del Título Octavo vigente, que prevén el funcionamiento del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Guerrero como órgano constitucional autónomo competente en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales en posesión de sujetos obligados.


Asimismo, reformas a los artículos 58, 88 y 108 para redistribuir las funciones que actualmente corresponden al ITAIGRO entre los órganos de contraloría de los poderes Legislativo, Ejecutivo, Judicial y de los órganos con autonomía constitucional, de manera que dichas instancias funjan como autoridades garantes en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales.


De esta forma, al convertirse dichos órganos en garantes de los derechos se les faculta para resolver los recursos de revisión en contra de las respuestas que otorguen los sujetos obligados en materia de acceso a la información pública, así como para definir lineamientos y directrices en materia de transparencia proactiva y con sentido social.


También propone adicionar un artículo 179 bis para adecuar las obligaciones en materia de transparencia a cargo de los Ayuntamientos y Concejos Municipales para facultar a la Secretaría encargada de las funciones de Contraloría y Transparencia Gubernamental como autoridad garante encargada de revisar las funciones que llevan a cabo dichas autoridades municipales, en su carácter de sujetos obligados en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales.

“De esta manera, cada poder público y órgano autónomo tendrá una autoridad garante, sin que ello implique comprometer la uniformidad y congruencia de criterios y obligaciones en la materia, toda vez que sus determinaciones deberán sujetarse a lo dispuesto en la Ley 2025 en el Diario Oficial de la Federación”, dijo Sandoval Ballesteros.


Finalmente, se prevé que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado sea competente en esta materia, respecto de las solicitudes de acceso a la información presentadas ante los partidos políticos.

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