Boletín


Chilpancingo, Gro., Agosto 14.- El pleno de la LXIV Legislatura aprobó tres dictámenes de reformas a la Constitución Política del Estado de Guerrero en materia de simplificación orgánica, igualdad sustantiva y para agilizar el proceso de validación de las reformas constitucionales por los Ayuntamientos.


En el caso del dictamen de la reforma en materia de simplificación orgánica, el cual fue aprobado por mayoría de votos, la Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos informó que esta deriva de una iniciativa enviada por la Gobernadora del Estado de Guerrero, Evelyn Cecia Salgado Pineda, Carlos Eduardo Bello Solano, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros y Jhobanny Jiménez Mendoza, con el objetivo de modernizar la administración pública y armonizarla con los principios constitucionales federales.


El eje central de la propuesta es la extinción del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Guerrero (ITAIGro), cuya estructura y funciones serán reorganizadas para integrarse en otras instancias del aparato estatal, garantizando la continuidad de los derechos fundamentales en la materia.


De acuerdo con lo aprobado, las funciones que actualmente ejerce el ITAIGro serán asumidas por: el Órgano Interno de Control del Congreso del Estado sobre los sujetos obligados del Poder Legislativo; la secretaría responsable del control interno del Poder Ejecutivo en la entidad, atenderá a las dependencias estatales, municipios y concejos municipales; los Órganos Internos de Control de los organismos autónomos asumirán la función de vigilancia interna sobre sus propias actuaciones, el Tribunal de Disciplina Judicial sobre las acciones del Poder Judicial del Estado.


La reforma establece un periodo de transición ordenado para el traslado de funciones, procedimientos, expedientes, recursos humanos y materiales, así como el respeto a los derechos laborales del personal del Instituto y el uso de lenguaje incluyente en el texto constitucional.


Con esta modificación se busca evitar duplicidades administrativas, reducir costos operativos y reforzar la eficacia institucional sin menoscabo de los derechos de acceso a la información pública y protección de datos personales, los cuales seguirán garantizados.


El segundo dictamen en materia de igualdad sustantiva, aprobado por unanimidad, tiene por objeto armonizar la Constitución del Estado con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para el reconocimiento de los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia y la perspectiva de género como herramienta para la transformación de las relaciones de opresión, violencia y desigualdad, para que la entidad consolide su tránsito hacia la igualdad sustantiva en el lenguaje, comprensión, respeto y aplicación por parte de las personas servidoras públicas, así como de todos los sectores de la sociedad.

Establece la paridad salarial: a igual trabajo, igual salario, la obligatoriedad de la paridad de género en los cargos estatales y municipales, la creación de una Fiscalía Especializada en Delitos por Violencia de Género, así como la obligatoriedad de todas las autoridades del Estado para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, garanticen los deberes reforzados de protección del Estado con las mujeres.


Lo aprobado deriva de una iniciativa hecha por las diputadas Araceli Ocampo Manzanares, Leticia Mosso Hernández, María del Pilar Vadillo Ruiz, Obdulia Naranjo Cabrera, Gloria Citlali Calixto Jiménez y los diputados Alejandro Carabias Icaza, Joaquín Badillo Escamilla y Robell Urióstegui Patiño.


El tercer dictamen, aprobado por mayoría de votos, tiene por objeto agilizar el proceso de validación de las reformas constitucionales por los Ayuntamientos y eliminar el vacío legal en caso de que los Ayuntamientos no envíen el acta de Cabildo, respecto a la aprobación o no de la reforma.


Señala que el texto vigente establece que deberán ser aprobadas por el cincuenta por ciento más uno de los Ayuntamientos, en sesión de Cabildo, en un plazo improrrogable de 60 días naturales contados a partir del día siguiente en que la reciban, con la reforma se agrega que una vez transcurrido dicho plazo, si no se ha enviado al Congreso del Estado el acta de Cabildo correspondiente se entenderá que el Ayuntamiento omiso la aprueba. Los Ayuntamientos tendrán la obligación de emitir el voto respectivo en 60 días y en caso contrario la omisión será sancionada.


Por su parte, el Congreso del Estado, cumplido el plazo de 60 días naturales, realizará el cómputo de los votos de los Ayuntamientos y levantará el acta correspondiente en la que la Mesa Directiva dará cuenta, en su caso, se realizará la declaratoria de validación alcanzada por la mayoría requerida y se remitirá al Ejecutivo del Estado para su promulgación y publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. Lo aprobado surge de una iniciativa de la diputada Gloria Citlali Calixto Jiménez.