Fernando Polanco Ochoa
Chilpancingo, Gro. Las leyes 3 de 3 en materia fiscal y de violencia de género no serán causal de negativa de registro a los aspirantes a un cargos de elección popular para los comicios del próximo año, porque su contenido no fue incorporado por el Congreso de la Unión a la lista de requisitos de elegibilidad en la Ley General Instituciones y Procedimientos Electorales (LIPE).


Así lo aseguró Donaciano Muñoz Deloya, vocal ejecutivo del INE en Guerrero, quien explicó que las dos leyes denominadas 3 de 3 serán revisadas en el momento en que reciban solicitudes para acreditar la candidatura de una persona.

-¿Las dos leyes ya son parte de los requisitos que debe cumplir un aspirante?
-“En términos electorales, no directamente. Es un tema legal, sí, pero no necesariamente en el ámbito administrativo. Específicamente no tenemos esa determinación en nuestras leyes electorales, pero sí es una discusión que en este año a nivel nacional se tomó y está registrado”.


El pasado 24 de mayo, cabe recordar, el Senado de la República elevó a rango constitucional la Ley 3 de 3, la cual impide a los agresores sexuales, deudores alimentarios o culpables de violencia de género competir por cargos de elección popular o participar en el servicio público.


Mientras que la Ley Patrimonial 3 de 3 promueve que la ciudadanía exija a servidores públicos, legisladores, líderes de partidos y candidatos a cargos de elección popular la publicación voluntaria de tres documentos: declaración patrimonial, declaración de intereses y comprobante de pago de impuestos.


Muñoz Deloya explicó que ambas leyes ya están reconocidas en el ámbito constitucional federal, pero que no han “impactado en la norma específica electoral”; es decir, que el Congreso de la Unión no ha reformado la LIPE.

Consecuentemente, los contenidos de las dos leyes 3 de 3 no serán aplicables como requisitos que los aspirantes deben acreditar ante el INE para la acreditación de una candidatura para los comicios del 2024, aunque las personas agraviadas podrían recurrir a los tribunales electorales para hacerlas valer.


“El INE tiene obligación de apegarse a lo que establece la ley”, explicó Donaciano Deloya, quien explicó que la Ley 3 de 3 que atiende los casos de violencia política en razón de género, “establece que, efectivamente, hay una disposición en la que si una persona es violentador se pone en duda su calidad para ser candidato”.

“Revisaremos esos conceptos y a partir de eso será el Consejo General, las Juntas Locales y Consejos Distritales quienes determinen procedencia o no de la candidatura que el partido registre”, indicó.


En lo que va del proceso electoral del próximo año, explicó, aun no reciben quejas o denuncias de aspirantes a cargos federales. Lo único que hicieron recientemente, dijo, fue un monitoreo de fiscalización sobre los gastos de partidos políticos, las cuales, en caso de detectarlas y confirmarlas, “habrá algunas sanciones para algunos partidos”.

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