Carlos Martínez Loza


Iguala, Guerrero, Enero 24.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación jurisprudenció su respuesta en febrero de 2013. Concluyentemente dijo: “la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no reconoce un derecho al insulto o a la injuria gratuita” (J. 31/2013 (10a.).


Un rato después, muy en su estilo argumentativo, introduce el conector adversativo “sin embargo” para atenuar esa afirmación y advertirnos (como algún político quizá podría pensar) que de ello no se deduce que la Constitución prohíbe o “veda expresiones inusuales, alternativas, indecentes, escandalosas, excéntricas o simplemente contrarias a las creencias y posturas mayoritarias, aun cuando se expresen acompañadas de expresiones no verbales, sino simbólicas”.

¿Qué razones dio el Máximo Tribunal de Justicia para apuntalar su argumento? Fundamentalmente, que en un debate público, si bien es cierto que los sujetos discursivos deben abstenerse de exceder ciertos límites, como el respeto a la reputación y los derechos de terceros, también está permitido que en el despliegue dialectico se recurra a ciertas dosis de exageración y provocación pues “es precisamente en las expresiones que puedan ofender, chocar, perturbar, molestar, inquietar o disgustar donde la libertad de expresión resulta más valiosa.”


Pensemos en algún ejemplo. Un ciudadano interroga a un diputado por su último viaje a París y le increpa su falta de transparencia. El ciudadano puede ser muy respetuoso en su vis oratoria pero el contenido de su pregunta puede ofender, molestar o disgustar al diputado. Muchas veces en la búsqueda de la verdad se puede ofender al contertulio, pero el derecho privilegia el conocer la verdad por encima de la ofensa que eso pueda suscitar, siempre y cuando no provoque algún delito.


Desde nuestra particular visión, de lo anterior tampoco se sigue que uno merece ser considerado el pilar sagrado de la libertad de expresión si es agresivo en su verbo y utiliza la palabra como arma vulgar para herir al prójimo. Samuel Ramos, en El perfil del hombre y la cultura en México, dedica un capítulo al tópico y quizá sea uno de los pocos tan iluminadores que podamos encontrar en la ensayística mexicana. Para Ramos el “pelado” mexicano “Es un ser de naturaleza explosiva cuyo trato es peligroso, porque estalla al roce más leve. Sus explosiones son verbales, y tienen como tema la afirmación de sí mismo en un lenguaje grosero y agresivo”. La retórica nos alecciona justamente para “hablar bien” en todas las dimensiones del discurso.


Una de las arengas políticas más famosos de Cicerón, aquella pronunciada en el año 63 d. C. contra Lucio Sergio Catilina, logró su fama por su durísimo comienzo, “el paradigma retórico por excelencia del exordio denominado ex abrupto”, en palabras de Rafael Salinas, y que dice así:


“¿Hasta cuándo abusarás, Catilina, de nuestra paciencia? ¿Por cuánto tiempo aún hemos de seguir siendo juguete de tu insensatez? ¿A qué extremo irá a llegar tu temeridad sin límites?”


Si Cicerón pronunciara ese discurso mañana, muchos se levantarían y lo aplaudirían embelesados; otros, pedirían la cárcel y la espada afilada para su lengua. Es el complejo universo de la palabra: su uso, sus límites y lo intrincado que resulta su regulación jurídica.