IRZA
Chilpancingo, Gro., El gobierno de Guerrero advirtió que se aplicarán sanciones penales contra quienes se apoderen de bienes ajenos aprovechando situaciones de emergencia, confusión o vulnerabilidad provocadas por desastres naturales y accidentes.


En un comunicado, el Ejecutivo estatal señaló que estas conductas pueden castigarse hasta con seis años de prisión y llamó a respetar el patrimonio de las familias y los establecimientos afectados.


La reforma conocida como Ley Antirrapiña fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el 6 de junio de 2025, mediante el Decreto 227, que incorporó los artículos 224 Bis y 227 Bis al Código Penal de Guerrero.

El artículo 224 Bis contempla el apoderamiento de bienes ajenos, con violencia o sin ella, aprovechando la confusión o vulnerabilidad causada por catástrofes, accidentes terrestres, aéreos o marítimos, así como por una desgracia que afecte a una persona o a su familia.


Aunque el comunicado menciona penas de hasta seis años, el texto legal remite a las sanciones previstas para el robo en el artículo 223, cuya duración depende del valor de lo sustraído y puede alcanzar 12 años de prisión, además de multas.

El artículo 227 Bis establece que las penas pueden aumentar hasta en una mitad en determinados supuestos, entre ellos cuando una persona organiza o incita a otras a ingresar a ciertos inmuebles para cometer rapiña, o cuando participa un servidor público. En este último caso también contempla destitución e inhabilitación.


El Gobierno estatal exhortó a la población a denunciar estas conductas y reiteró que una emergencia no justifica apoderarse de las pertenencias o mercancías de otras personas.

Los alcances de la reforma y sus agravantes están establecidos en el decreto publicado y en el Código Penal.