Fernando Polanco Ochoa
Chilpancingo, Gro., El Congreso local no ha reglamentado la representación política de los pueblos indígenas y afromexicanos en los ayuntamientos con presencia de esas etnias.
De acuerdo con Abel Bruno Arriaga, secretario para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos (Sedepia), en la entidad son 39 municipios en zonas indígenas y seis en afromexicana.
Comentó que en esos 45 ayuntamientos debe existir representación de hombres y mujeres indígenas y afromexicanos en las comunas, según corresponda, “pero ahora no son regidores, sino que de momento son sólo representantes”.
Es necesario que el Congreso local avance en las leyes secundarias que determine esas representaciones políticas en los cabildos, «de tal manera que en los ayuntamientos haya voces indígenas y afros que velen por los intereses de esos sectores», dijo.
Bruno Arriaga informó que sí se han reunido con los diputados locales, pero sólo han abordado el procedimiento para la armonización del artículo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En ese sentido confío en que pronto pueda haber encuentros con los legisladores y dar inicio al proceso de las Leyes Secundarias, «forma parte de los pendientes que tenemos para trabajar de manera colectiva con el IEPC, el INPI, Congreso del Estado y Sedepia».
La reforma al artículo 2 de la Constitución mexicana fue impulsada por el expresidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, sobre derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos, la cual se publicó el 30 de septiembre del 2024 en el Diario Oficial de la Federación.
Con el objetivo de reconocer y garantizar los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, incluyendo su libre determinación, autonomía y carácter de sujetos de derecho público.
Al respecto el funcionario estatal consideró urgente que el Congreso local armonice las leyes secundarias de la legislación constitucional, sobre los derechos de esos sectores de la población.
Con eso podrán hacer efectivo el presupuesto que pueden manejar los pueblos indígenas y afromexicanos, «que ya se aplica desde el gobierno federal, pero la reforma deja de tarea a los estados también destinar un recurso para ese sector poblacional, lo que tiene que reglamentar el Congreso Local en leyes secundarias», dijo.