Por: Leoncio Castrejón Salgado
Corría la tercera semana de febrero del año en curso cuando la Junta de Coordinación Política del Congreso (JUCOPO) de Guerrero, aprobó por unanimidad un Punto de Acuerdo Parlamentario por el que se aprobaba el “Protocolo para desarrollar de manera libre, previa, informada y de buena fe el proceso de consulta para poder crear, reformar, adicionar o derogar las leyes que impacten en la esfera de derechos a las comunidades y pueblos indígenas y afromexicanos”.
La aprobación del protocolo en cuestión, les tomó a los legisladores locales más de cinco meses, considerado como el primer paso a un proceso que busca garantizar el derecho de los pueblos originarios a la consulta previa en temas que los involucraban en temas diversos, ya sea por las reformas legislativas, acciones de gobierno o bien por políticas públicas.
Con ello, los legisladores locales consideraban haber dado cumplimiento a sentencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN) relacionadas con las acciones de inconstitucionalidad número 78/2018, 81/2018, 136/2020 y 299/2020, respecto a las materias de Seguridad Pública, Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, Electoral y Educación.
Recordemos que la SCJN declaró inconstitucional el Decreto 778 por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley número 701 de Reconocimiento; Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Guerrero.
También el decreto por el que se expidió la Ley número 777 del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guerrero; el Decreto 460 por el que se adicionan los artículos 13 Bis y 272 Bis a la Ley número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, y el Decreto 756 por el que se reforma el artículo 14 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, todos éstos aprobados por anteriores Legislaturas.
Ya estando en el mes de marzo del mismo año, el Instituto de Estudios Parlamentarios «Eduardo Neri» organizó un curso de capacitación relacionado con el «Proceso de Consulta para poder crear, reformar, adicionar o derogar las leyes que impacten en la esfera de derechos a las comunidades y pueblos indígenas y afromexicanos», el objetivo de la actividad fue despejar dudas y trazar una ruta apegada a las leyes para el buen desarrollo de la consulta, para que así el Congreso cumpliera en tiempo y forma y precisa con el mandato.
Al término de la consulta, se escucharon voces diversas manifestándose en contra del proceso, decían los quejosos, los legisladores guerrerenses habían violentado la metodología del proceso por lo que no avalaron los resultados del proceso. Sin embargo la JUCOPO, hizo caso omiso a las inconformidades.
La molestia fue tal que el caso llegó de nueva cuenta hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Tuvieron que transcurrir unos cuatro meses para que las comunidades aludidas, se enterarán del resolutivo de la SCJN.
Grande fue la sorpresa y molestia para los legisladores al enterarse que la SCJN había reprobado los resultados y formas de cómo se había realizado la famosa consulta.
La SCJN determinó que el Congreso de Guerrero realizó, de manera indebida, la consulta a los pueblos indígenas y afromexicanos en marzo y abril de este año, al detectar que no hubo debates ni evidencias de que las comunidades fueron consultadas, por lo que dio a los diputados locales un plazo de 10 días -que vencen el 13 de este mes de septiembre- para que presenten un nuevo informe, de lo contrario se aplicarán sanciones.
La Suprema Corte determinó como irregular la consulta porque presenta inconsistencias.
Si los 46 legisladores locales incumplen la sentencia de la SCJN en su totalidad, se anticipa, se prevé que tendrán serios problemas, tales como: enfrentar un juicio de procedencia, el desafuero, e inminentes acciones penales que todos enfrentarán, lo cual sentaría un gran precedente en el país.
Mientras tanto… ¡¡ Que tenga usted, un excelente fin de semana!!