Boletín

Chilpancingo, Gro., Septiembre 27.- Un boletín indicó que dichas minutas, enviadas por el Senado de la República y la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, y dictaminadas por la Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos, refieren que se analizaron ampliamente con base en el marco jurídico aplicable, verificando el cumplimiento de los principios de constitucionalidad y legalidad, así como la homogeneidad en los criterios normativos aplicables.

Diputados y diputadas del Congreso del Estado de Guerrero aprobaron las minutas de decretos de las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Extorsión y de ratificación de Grados Superiores de la Guardia Nacional.

En lo que respecta a la minuta en materia de Extorsión, la Comisión dictaminadora explica que cuenta con los elementos y cifras que lo identifican, así como modalidades y situaciones que justifican la reforma constitucional para otorgar facultades al Congreso de la Unión para la creación de una Ley General que armonice, sistematice y homologue la acción para combatir adecuadamente este delito.

La reforma modifica el inciso A de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Extorsión y establece como mínimo los tipos penales y sus sanciones en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, extorsión, trata de personas, tortura y otrostratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como delitos electorales.

La Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos refiere que, con su aprobación, la reforma constitucional y la posterior Ley General consolidarán la Estrategia Nacional contra la Extorsión, al fortalecer las detenciones mediante investigación e inteligencia, la creación de Unidades Antiextorsión, la atención a víctimas, la capacitación en manejo de crisis y la implementación de campañas de prevención. Además, permitirá optimizar los recursos del Estado mediante mecanismos homologados de investigación, capacitación especializada, canales de denuncia y herramientas tecnológicas para desarticular grupos delincuenciales.

En lo que respecta a la reforma a los artículos 76 y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Ratificación de Grados Superiores de la Guardia Nacional, la Comisión Dictaminadora destaca la importancia de garantizar el principio de igualdad y no discriminación, incorporando progresivamente lenguaje inclusivo en la Constitución como una manera de visibilizar a todas las personas y fortalecer el respeto a los derechos humanos.

Asimismo, se subraya que la consolidación de la Guardia Nacional requiere mandos superiores profesionales, sujetos al escrutinio público y a la ratificación del Senado o de la Comisión Permanente del Congreso, lo que asegura legitimidad política, equilibrio entre su función militar y su misión de proximidad social, y criterios basados en capacidad profesional y confianza ciudadana.

Por lo anterior, la Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos coincide en que estas reformas fortalecen las atribuciones del Senado y de la Comisión Permanente, garantizan la rendición de cuentas en materia de seguridad democrática, consolidan a la Guardia Nacional bajo un marco de legalidad y legitimidad y adaptan el marco legal a los retos contemporáneos en seguridad pública.