Punctum temporis | Un punto en el tiempo
Por: Netza I. Albarrán Razo
El 16 de febrero de 1568 se estableció formalmente el Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición en la Nueva España, por disposición de la Corona española y con autorización papal. Su creación respondió al interés de reforzar la ortodoxia católica en los territorios americanos y supervisar la pureza de la fe entre la población española y criolla.
El tribunal dependía directamente del Consejo de la Suprema y General Inquisición en España y tenía jurisdicción sobre los habitantes de origen europeo, mestizos y otras castas; sin embargo, los indígenas quedaron en general bajo la autoridad de los tribunales eclesiásticos ordinarios, al ser considerados neófitos en la fe cristiana.
Entre los delitos perseguidos por el Santo Oficio se encontraban la herejía, la blasfemia, la bigamia, la práctica de religiones prohibidas, la lectura de libros censurados y, en algunos casos, conductas consideradas contrarias a la moral católica. El procedimiento incluía denuncias, procesos secretos, interrogatorios y sentencias que podían ir desde penitencias públicas hasta confiscación de bienes o penas más severas.
El Tribunal del Santo Oficio funcionó en la Nueva España durante casi tres siglos, hasta su abolición en el contexto de los movimientos liberales del siglo XIX. Su presencia dejó una huella significativa en la vida religiosa, cultural y social del virreinato.
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